Gastos subvencionables:
- Participación en ferias y eventos, por ejemplo el viaje de una persona, gastos derivados de alquiler, diseño y montaje del stand...
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- Visitas a ferias y eventos: viaje de una persona, intérpretes, asistencia técnica…
- En las acciones promocionales: viaje de una persona, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras…
- En los viajes comerciales y de prospección y estudio: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica…
- Gastos derivados del registro de patentes, marcas, homologaciones y certificaciones ante organismos oficiales en el exterior.
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Hasta 10.000 euros
El importe de la ayuda es del 40% de los gastos justificados excepto, para grandes empresas que será de 20%, con un máximo por empresa de 10.000 euros.
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Podrán beneficiarse las empresas, las personas físicas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas
La solicitud es muy fácil, sólo tienes que rellenar un sencillo cuestionario.
Aquí puedes ampliar información.
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Nosotros te ayudamos
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